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CEREMONIAL Y PROTOCOLO DEL HIMNO NACIONAL ARGENTINO


Cada 11 de mayo conmemoramos el Día del Himno Nacional y posiblemente podríamos escribir mucho sobre él, desde cómo se origina, qué lo impulsa, quiénes son su autor y su compositor, hasta los estudios que sobre el mismo realizara Eduardo Carrasco y el mismísimo nieto de Vicente López y Planes, hasta los arreglos que en él imprimieron Juan P. Esnaola y Alberto Williams.


Pero es en el 1900, el 30 de marzo más precisamente y durante la presidencia de Roca, que es sancionado un decreto que reduce la versión original del Himno para así facilitar todo acto y que en la práctica no sea tan extenso “ni ofenda a los millares de españoles que comparten nuestra existencia”, resultando que “en las fiestas oficiales o públicas, así como en los colegios y escuelas del Estado, sólo se cantarán la primera y la última cuarteta y coro de la canción nacional, sancionada por la Asamblea General en 11 de mayo de 1813”.


Por último en 1944, con la reglamentación de los Símbolos Patrios Nacionales, queda establecida la versión oficial a través del Decreto 10.302 / 44, que aún está en vigencia y que dice: “adóptase, como forma auténtica de la música del himno argentino, la versión editada por Juan P. Esnaola, en 1860, con el título: `Himno Nacional Argentino´. Música del Maestro Blas Parera”; observándose las siguientes indicaciones “1) en cuanto a la tonalidad, adoptar la de si bemol que determina para la parte del canto el registro adecuado a la generalidad de las voces; 2) reducir a una sola voz la parte del canto; 3) dar forma rítmica al grupo correspondiente a la palabra `vivamos´; 4) conservar los compases que interrumpen la estrofa, pero sin ejecutarlos”.


“Será esta en adelante, la única versión autorizada para ejecutarse en los actos oficiales, ceremonias públicas y privadas, por las bandas militares, policiales y municipales y en los establecimientos de enseñanza del país” (*), clarito como el agua. Entonces me pregunto y le pregunto estimado lector, ¿por qué se viola la legislación y ciudades como Buenos Aires o colegios diversos –públicos o privados- desentonan obligando en los actos cantar la versión distorsionada de compositores e intérpretes contemporáneos? ¿Por qué no se permite la universalidad del canto a todas las generaciones presentes en un acto, quedando como imposible entonar su letra ante tanta distorsión musical e interpretativa?


Mucho que pensar como Nación que en vísperas de su bicentenario de independencia en vez de unir implementan estas demagógicas y dudosas versiones que desunen, alejan el sentimiento patrio y atacan la poca costumbre cívica que conservamos.


Retornando a su protocolo, digamos: 1) actualmente cantamos la primera y la cuarta cuarteta y el coro (la versión larga nunca fue derogada), por ende no se puede abreviar lo breve, digo esto por el maltrato del Símbolo en acontecimientos deportivos, por ejemplo. 2) El Himno se entona en todo acto de carácter oficial, ya sea propiciado por el Estado o por una corporación privada que realice un acto con carácter oficial. 3) si bien es cierto que se puede entonar el Himno en cualquier situación para ser válido desde la costumbre consuetudinaria del protocolo nacional se debe contar con la presidencia del acto por la Bandera Oficial que podrá estar presente ya sea en versión de izado o de ceremonias. 4) En los actos el primero en entonarse es el Himno Nacional Argentino, luego los otros, si los hubiere, por orden de precedencia (alfabético). 5) El Himno se debe saludar de la forma más decorosa que entienda o pueda realizar una comunidad, aplaudir al finalizar su entonación, al igual que en el tema del Pabellón, es tolerado civilmente como manifestación universal de respeto. 6) Cuando se ejecuta el Himno Nacional, tenemos obligación de pararnos y entonarlo, si estamos hasta una ubicación de 60 metros de donde se está ejecutando o hasta donde se perciban claramente sus acordes

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La Ley 25636 establece la ejecución pública del Himno Nacional al inicio de las transmisiones de radio y televisión, cumpliéndose en pocos casos, con diversas versiones del mismo.


Prof. Rubén Alberto Gavaldá y Castro

Presidente del Instituto CAECBA

@ProfesorGavaldá



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